CLÁUSULA NOVENA: BONO DE ESTUDIOS Y DE TITULACIÓN
Estimados, as socios, socias, informamos que:
La Empresa pagará un bono de estudios anual ascendente a *$299.812.- brutos a cada trabajador que acredite su condición de estudiante en alguna universidad pública o privada, instituto de educación o centro de formación técnica reconocidos por el Estado, y siempre que los estudios tengan al menos dos semestres de duración con 80 horas pedagógicas cada uno.
Adicionalmente, la empresa pagará por una sola vez un bono de titulación ascendente a *$449.718 brutos a cada trabajador que durante la vigencia del presente instrumento se titule de una carrera técnico o profesional impartida por una universidad pública o privada, instituto de educación o centro de formación técnica reconocidos por el Estado. El trabajador deberá acompañar un certificado de título original extendido por la entidad educacional y el bono se pagará conjuntamente con las remuneraciones del mes siguiente a que se haya efectuado dicha acreditación.
*Montos aproximados.
Todos los detalles de este beneficio lo pueden revisar en nuestra página web: www.sindilan.cl – documentación – convenio colectivo vigente 2022-2025
Directorio SINDILAN