CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA: BONO POR TRABAJO NOCTURNO
Estimados, as socios, socias, informamos que:
Para aquellos trabajadores que desempeñen sus labores en turno nocturno programado, la empresa pagará, a partir de mayo de 2022, un bono equivalente a $9.845.- brutos por cada noche que preste servicios efectivos en un turno nocturno, siempre que al menos se cumplan 4 horas de trabajo efectivo durante dicho turno. Para efectos de la presente cláusula, se considerará turno nocturno, todos aquellos que comiencen entre las 19:00 hrs. y las 03:00 hrs.
Solo para efectos del pago del bono nocturno, se considerará turno nocturno aquel que inicie a las 18:00 hrs., sin ser considerado como tal para efectos de jornada.
Las partes acuerdan que durante los meses de enero y febrero, el bono nocturno ascenderá a la suma de $13.128.- brutos por cada noche que el Trabajador preste servicios efectivos, correspondiendo estos turnos a una jornada de 9 horas.
Este bono no aplica a aquellos trabajadores que prestan servicios en Contact Center en los mercados de Europa.
Todos los detalles de este beneficio lo pueden revisar en nuestra página web: www.sindilan.cl – documentación – convenio colectivo vigente 2022-2025
Directorio SINDILAN