¿Sabías que la Ley 20.769, que modificó el Código del Trabajo, otorga el derecho a medio día laboral al año para realizarse exámenes que ayuden a prevenir y/o detectar a tiempo el cáncer?
La legislación señala que todas las trabajadoras mayores de 40 años de edad y los trabajadores mayores de 50, cuyos contratos de trabajo sean por un plazo superior a treinta días, tienen derecho a medio día de permiso, una vez al año durante la vigencia de la relación laboral, para someterse a los exámenes de mamografía y próstata, respectivamente, pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, tales como el examen de Papanicolaou, en las instituciones de salud públicas o privadas que corresponda.
En el caso de los contratos celebrados por un plazo fijo, o para la realización de una obra o faena determinada, este derecho podrá ejercerse a partir de los treinta días de celebrado el contrato de trabajo, y en cualquier momento durante la vigencia de éste.
¿Quienes son los beneficiarios y qué exámenes pueden solicitar?
- Los trabajadores mayores de 50 años pueden realizarse exámenes a la próstata.
- Las trabajadoras mayores de 40 años pueden someterse a mamografías o papanicolau.
¿Cuáles son las infracciones?
- No otorgar el permiso para exámenes médicos. Multa: 10 ($497.230), 40 ($1.988.920) y 60 ($2.983.320) UTM*, dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49, 50 a 199 y 200 o más trabajadores.
- No considerar como trabajado el permiso para exámenes médicos. Multa: 9 ($447.507), 30 ($1.491.690) y 40 ($1.988.920) UTM*, dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49, 50 a 199 y 200 o más trabajadores.
(*) UTM calculada a febrero de 2020.
¿Dónde denunciar si el empleador no quiere dar este permiso?
Las trabajadores y trabajadores que vean incumplidos sus derechos para acceder a estos permisos, pueden denunciar en la Dirección del Trabajo.